TRIBUNAL DE SANTANDER ORDENA OBRAS DE LA VARIANTE
A pesar de que, el Presidente Juan Manuel Santos Calderón manifestara en alocución presidencial del pasado 6 de febrero, en compañía de la bancada parlamentaria de Santander, el gobernador de Santander, el alcalde de San Gil y otros sectores, que se da luz verde a la construcción de la variante de San Gil, en Santander, que ya se contaba con la disponibilidad de los recursos, equivalente a 140 mil millones de pesos, y que ya se adelantan reuniones técnicas donde adelanta revisión a diseños y convenios para tramitar CONPES por parte de INVIAS, alcaldía de San Gil y Gobernación de Santander, se dio a conocer esta semana que con fallo de 17 de febrero de 2017 el Tribunal administrativo de Santander decidió ordenar la construcción de la variante de San Gil.
La decisión de los magistrados de la Sala se da dentro de un proceso de acción popular promovido por el ciudadano MARCO ANTONIO VELASQUEZ desde el año 2013 y que busca la protección de los derechos colectivos de seguridad y defensa del patrimonio público, que según el fallo desconocen la administración Municipal de San Gil, La concesionaria vial de Colombia SAS, la policía de nacional de carreteras y la Agencia Nacional de Infraestructura ANI. El fallo declara que no había legitimación en la causa por pasiva contra la Gobernación de Santander, por tratarse de vía nacional en la que el gobierno departamental no tenía cabida.

El fallo también habla de las responsabilidades de los demandados y la realidad de los estudios y de las obligaciones de las distintas autoridades frente a la variante, dejando en su análisis probatorio que se cuenta con estudios sobre la variante, y por ello mientras esta se construye debe realizarse las obras necesarias para mitigar el riesgo de accidentalidad en el sector del casco urbano de San Gil, por donde pasa la vía nacional, conocido como Ragonessi hasta el puente Rojas Pinilla; mientras a la ANI le ordena que dentro de los 3 meses siguientes a la ejecutorio del respectivo fallo, diseñe un programa de actividades a fin de que se pueda conocer la fecha cierta en que se iniciara la construcción de la variante vial de San Gil que sea proyectado construir. El tribunal realizó este señalamiento como solución a la problemática planteada en la acción popular.
Es de resaltar que INVIAS, Gobernación de Santander y Alcladia de San Gil se reunieron esta semana para adelantar la primera reunión técnica programada y anunciaron que posiblemente la licitación para la construcción de la variante se haría julio de 2017 y que la obra debe tener un plazo máximo de ejecución de 24 meses. Por lo que lo ordenado en el fallo parece ser que ya se eta cumpliendo.
En el mismo fallo fueron condenados en costa a favor del accionante, la Alcaldía Municipal de San Gil, la ANI, La concesionaria vial de Colombia SAS y la Policía Nacional de Carreteras; se destaca es un fallo de primera instancia y contra el mismo procede el recurso de apelación, el cual creen algunos abogados conocedores del tema de las acciones populares que podría revocarse el fallo porque en la actualidad las autoridades obligadas por el mismo, están adelantando las actividades para mitigar la accidentalidad en la vía y cuentan con los recursos para la misma. Otros profesionales del derecho consultados manifestaron que, es un tema que debe debatir de fondo el ad quen (segunda instancia), teniendo en cuenta el proceso especial de las acciones populares y lo referente al procedimiento contencioso administrativo aplicable, para determinar si confirma total o parcialmente el fallo o si la administración cumplió antes de darse fallo.
Conozca el fallo aquí: